XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad
Todos los sujetos obligados publicarán el inventario de bienes muebles e inmuebles que utilicen, tengan a su cargo y/o les hayan sido asignados para el ejercicio de sus funciones; que destinen a un servicio público conforme a la normatividad aplicable o por cualquier concepto, tanto si son propiedad del sujeto obligado como que se encuentren en posesión de éstos.
| Inciso | Aplicabilidad | Periodicidad |
| a) Inventario de bienes muebles | Semestral | |
| b) Inventario de altas practicadas a bienes muebles | Semestral | |
| c) Inventario de bajas practicadas a bienes muebles | Semestral | |
| d) Inventario de bienes inmuebles | Semestral | |
| e) Inventario de altas practicadas a bienes inmuebles | Semestral | |
| f) Inventario de bajas practicadas a bienes inmuebles | Semestral | |
| g) Inventario de bienes muebles e inmuebles donados | Semestral |




